Revisión de avalúo catastral: requisitos, pruebas y plazo
Guía · revisada el 2026-10-05
Revisión jurídica: Santiago Forero Rodríguez · T.P. 457.676
Respuesta rápida: Qué exige una solicitud de revisión de avalúo catastral, qué vigencia debe indicar, qué pruebas puede aportar y cuánto tiempo tiene el gestor para decidir.
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Qué se pide realmente en una revisión de avalúo
La revisión busca que el gestor catastral verifique si el valor inscrito corresponde a las características y condiciones del predio para la vigencia discutida. No es suficiente decir que el impuesto quedó caro: la solicitud debe identificar el avalúo que se cuestiona y explicar qué hechos o pruebas hacen necesaria su revisión.
La vigencia importa
La Resolución IGAC 746 de 2024 exige indicar la vigencia o las vigencias sobre las que se presenta la petición. Las pruebas deben corresponder a esos años. Si no se identifica la vigencia, el trámite puede terminar limitado al año de presentación, según las reglas catastrales aplicables.
Qué pruebas pueden servir
La regulación menciona, de manera enunciativa, planos, fotografías, certificaciones de autoridades, ortofotografías, aerofotografías, avalúos comerciales, escrituras y otros documentos útiles. No todos son necesarios en todos los casos: la prueba debe responder al motivo concreto de inconformidad.
Revise primero área, terreno, uso y destino
Catastro Bogotá recomienda comprobar antes que área construida, área de terreno, destino y usos correspondan con la realidad. Si alguno está mal, primero puede ser necesario corregir la información física o económica y solo después evaluar si persiste un problema con el avalúo.
Plazo para decidir
La regulación catastral fija un plazo máximo de tres meses para resolver de fondo la solicitud de revisión del avalúo. Ese plazo no reemplaza los calendarios tributarios ni autoriza a asumir que una petición suspende automáticamente cualquier obligación distinta de lo que disponga la norma aplicable.
Fuentes oficiales
- Ley 1995 de 2019, artículo 2
- Ley 2294 de 2023, artículo 49, parágrafo 3
- Resolución IGAC 746 de 2024 · revisión del avalúo y pruebas
- Catastro Bogotá · requisitos para solicitar revisión de avalúo
Esta guía es informativa y no reemplaza la revisión de su caso. Última revisión del texto: 2026-10-05.
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